Desde el año 2011, la ley 20.537 señala que el izamiento de la bandera chilena puede realizarse en cualquier momento del año, toda vez que se proteja su integridad, pero en fiestas patrias y el 21 de mayo es de carácter obligatorio.
La Comisión de Mujer estableció, entre otros aspectos, que las conductas ejercidas en contexto de relaciones afectivas o familiares que tengan como objeto la vulneración de la autonomía económica de la mujer, patrimonial o subsistencia económica de la familia, serán constitutivas de VIF y si la conducta es reiterativa podría incluso, considerarse como delito penal.
La resolución de la Superintendencia de Educación de la región de Valparaíso indica que se «sancionó a la entidad sostenedora con multa de 59 UTM ($ 2.790.759)».