La sentencia también confirmó que el Vertedero El Totoral continuó sus actividades de disposición de residuos incluso después de finalizar los contratos de arrendamiento de los terrenos, lo que infringía las normativas vigentes.
• Tribunal verificó la existencia de malos olores y con ello la afectación a la salud de la población aledaña, al menos entre diciembre de 2013 y noviembre de 2023.
La compañía reclamó que “ha superado el test técnico ambiental una y otra vez”.
El fallo determina que las diligencias llevadas a cabo por la SMA fueron idóneas, por lo que se rechazaron las alegaciones de los vecinos.
El Tribunal constató que de las mediciones realizadas por la SMA se pudo identificar correctamente que los ruidos provenían del gimnasio SPORTLIFE y no de otras fuentes vecinas.
El proyecto -ubicado en la comuna de Teno, Región del Maule- consiste en la construcción y operación de una planta industrial de producción de proteínas funcionales de alta calidad derivadas de sangre animal, para consumo animal y humano.
El Tercer Tribunal Ambiental rechazó las reclamaciones de las inmobiliarias en contra de dos resoluciones de la SMA, que determinaron que los proyectos debían ingresar al SEIA en el plazo de 6 meses a través de una DIA y de 12 meses por medio de un EIA.
En su demanda, la comunidad indígena asegura que la empresa minera es la causante del menoscabo al componente hídrico y a la vegetación del acuífero Monturaqui-Negrillar-Tilopozo.
Metro cuenta con un plazo de cinco días hábiles para reclamar ante la Super Intendencia de Medio Ambiente o 15 días para apelar esta decisión ante el Tribunal Ambiental de Santiago.
El Tribunal acogió la reclamación de comunidad indígena Colla y ordena una nueva evaluación del proyecto, esta vez a través de un Estudio de Impacto Ambiental, EIA.
El municipio deberá realizar una auditoría ambiental en un plazo de 30 días y un plan de mejoras para la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de la comuna.
El tribunal determinó que dicho decreto no infringe el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
La autoridad denunció “defectos de origen” en el proyecto.
El órgano de jurisdicción ambiental acogió la demanda interpuesta por el municipio de Puerto Varas y determinó que la sanitaria debe reparar el daño causado.