Un proyecto de ley que busca prohibir de manera gradual el funcionamiento de las máquinas tragamonedas o de azar fuera de los locales que están permitidos por la ley de casinos Nº 19.995, presentó el senador Alejandro Navarro, agregando que “la iniciativa también busca apoyar a los dueños de estos locales con programas de reconversión”.

El legislador contextualizó, señalando que “un estudio de la Superintendencia de Casinos y Juegos, realizado por la Universidad Católica, en 87 comunas, arrojó que en nuestro país habrían más de 33 mil máquinas que se encuentran operando fuera de la ley. Dicho catastro se aplicó en tres mil locales comerciales que tienen patente municipal, de los cuales 1.327 tienen máquinas que entregan premios en dinero, es decir, que son de azar, por lo que de acuerdo a la normativa vigente sólo podrían estar en los establecimientos habilitados”.

El parlamentario, advirtió que “la adicción al juego produce externalidades negativas en las personas que frecuentan estos lugares, ya que podrían presentar cuadros de ludopatía, que es considerada un problema psicológico que afecta diversos aspectos de la vida (personal, familiar, laboral, social y económica). La persona afecta su capacidad para poder autocontrolarse y le es difícil decir no, siendo incapaz de aplazar el impulso o deseo por jugar”.

Proteger a los trabajadores, mediante la reconversión

Navarro, explicó que el proyecto de ley busca además, “que los trabajadores que acrediten más de doce meses continuos o discontinuos desempeñándose en este rubro, puedan optar de forma preferente a los programas de capacitación dentro de la oferta programática del Estado, ya sea dentro de esta área o en otras que los trabajadores definan”.

“Del mismo modo-explicó el parlamentario- el proyecto señala que el Estado podrá fijar en la ley de presupuesto de cada año, los montos necesarios para un programa de reconversión de las máquinas de azar para ajustarla a las políticas de máquinas de destreza”.

También, la moción busca que el Estado pueda asignar recursos con cargo a la ley de presupuesto para la compra, readecuación y redestinación de estas máquinas con fines pedagógicos, recreativos o de capacitación profesional.

Plazos para su puesta en marcha

Respecto a los plazos que el legislador propone para que se aplique la normativa, explicó que “estipulamos que dentro del periodo de un año de entrada en vigencia de la presente ley, los locales o establecimientos que dentro de su giro comercial cuenten con máquinas de entretenimiento electrónico de azar o tragamonedas de azar deberán adecuar el funcionamiento de las mismas conforme a la normativa legal vigente”.

“Y a la vez-agregó- en el proyecto de ley, solicitamos que la entrada en vigencia de la presente ley sea de manera progresiva, comenzando por las regiones I, II, XI y XII, durante el segundo año de vigencia de la ley. La III, IV, IX y X al tercer año. Las regiones V, VI, VII y VIII, dentro del cuarto año. La Región Metropolitana, la XV, XIV y las restantes, durante el quinto año”.