sábado 5 octubre de 2024 | Publicado a las 9:16 am · Actualizado a las 9:16 am
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Elecciones 2024: Revisa con tu RUT si te eligieron como vocal de mesa
Se necesita cumplir con algunas de las causales de la Ley N°18.700 para excusarse de ejercer como vocal de mesa, pudiendo realizar el trámite desde el 7 al 9 de octubre en la junta electoral de cada votante.
Desde las 00:00 horas de este sábado 5 de octibre, el Servel dio a conocer la nómina de personas que fueron designadas como vocal de mesa para las elecciones del 26 y 27 de octubre próximo.
Además, se publicaron los locales de votación para estas elecciones municipales y regionales.
Quienes no puedan ejercer el cargo tienen un periodo específico para presentar las excusas correspondientes.
Para consultar si fuiste elegido vocal de mensaje debes ingresar al sitio web del Servel, digitado tu RUT sin puntos ni guion.
Se necesita cumplir con algunas de las causales de la Ley N°18.700 para excusarse de ejercer como vocal de mesa, pudiendo realizar el trámite desde el 7 al 9 de octubre en la junta electoral de cada votante.
Las causales para excusarse son:
- Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
- Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
Tener más de 70 años de edad. - Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
- Tratarse de personas gestantes durante todo el período de embarazo, acreditado mediante documento extendido por el establecimiento de salud donde se realice el control o un certificado médico. También se considerará al padre o madre de un hijo o hija menor de dos años al día en que funcionen las mesas receptoras, acreditado con el correspondiente certificado de nacimiento.
- Quienes se desempeñen como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam). La calidad de persona cuidadora podrá ser acreditada mediante la presentación de la credencial de persona cuidadora o el documento que acredite la inscripción como tal en el registro del Ministerio de Desarrollo Social