La Corte Suprema revocó la sentencia emitida por la Corte de Apelaciones de Valparaíso en junio de 2020, la cual prohibió a Carabineros disparar balines “a todo evento” para controlar el orden público.

De esta forma, la Tercera Sala del máximo tribunal decidió revertir la situación debido a que estimaron que no está en su jurisdicción establecer la legalidad del actuar de la policía en las labores de control.

“La determinación del actuar de Carabineros de Chile conteniendo las manifestaciones sociales, la pertinencia del uso de determinadas armas de fuego, el uso proporcional de la fuerza, el contenido del protocolo y la utilización de determinados implementos para contener las manifestaciones sociales es una temática que no puede ser resuelta por esta vía”, dictaminó.

Junto a ello, los magistrados consideraron en su fallo  la existencia de nuevos protocolos del Ministerio del Interior y de Carabineros para enfrentar protestas.

“Se observa que se han dictado los protocolos que regulan el uso de la fuerza, conforme a los cuales los agentes policiales deben ajustar su acción, en los términos que para cada caso se detalla”, detalla el texto de la sentencia.

Cabe señalar que esta revisión por el máximo Tribunal, se da luego que un grupo de comerciantes de la ciudad de Valparaíso interpusieran un recurso de protección con el fin de resguardar sus fuentes laborales.