martes 27 agosto de 2019 | Publicado a las 6:31 pm · Actualizado a las 6:31 pm
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Tribunal ratifica que municipio y Carabineros han realizado labor de fiscalización, inspección y control en Población Vergara
Vecinos de este sector de Viña del Mar, pusieron una denuncia por ruidos molestos en el sector.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso ratificó que tanto la Municipalidad de Viña del Mar como Carabineros, demostraron fehacientemente que han realizado la labor de fiscalización, inspección y control, respecto de los lugares que funcionan como pub, bares, restaurantes y otros lugares de esparcimiento –cursando las denuncias por infracciones constatadas- en Población Vergara.
Así se desprende de la sentencia emanada por el tribunal respecto del recurso de protección que vecinos de Población Vergara interpusieron contra el municipio, la Gobernación Provincial y la Seremi de Salud de Valparaíso, por ruidos molestos, afectación a la calidad de vida y falta de fiscalizaciones.
En el documento, la Corte señala que “contradiciendo la falta de fiscalización y omisión de control por parte de los recurridos, estos (Municipio y Carabineros) han acompañado diversos antecedentes que demuestran que sí han inspeccionado los diversos lugares en que funcionan pub, bares, restaurantes y otros lugares de esparcimiento, cursando las denuncias por las infracciones constatadas”.
La sentencia consideró tanto los permisos otorgados a los comerciantes que cuentan con patente comercial habilitante para su actividad -para que puedan instalar mesas, sillas y quitasoles en el sector de Población Vergara-como la labor inspectiva que la Municipalidad realiza en esta materia.
Es así que durante el 2018, y hasta el 9 de agosto, el Municipio cursó las infracciones correspondientes tras la realización de 204 fiscalizaciones efectuadas a establecimientos que expenden alcohol, especialmente a los que no cuentan con patente municipal para ello ni para mantener mesas y sillas en bienes nacionales de uso público.
En cuanto a la cantidad de patentes de alcoholes otorgadas, que los recurrentes estimaron que se habrían otorgado en exceso por parte del Municipio, la Corte de Apelaciones precisa que corresponden a “Depósitos de Licores” y que de acuerdo con la Ley N1 19.925, “la forma de reducirlas al límite establecido por la ley es mediante declaración de caducidad, la que solo procede en caso que las patentes no hayan sido pagadas dentro del plazo legal”.
Labor policial
Respecto de la labor de Carabineros, y considerando el oficio presentado por la institución policial en julio pasado, el tribunal dictaminó que “aportó datos precisos de las actividades, incluyendo cuadros estadísticos, en su labor para mantener el orden público ‘según la estrategia operativa Plan Cuadrante Seguridad Preventiva’ en lo concerniente al comercio ambulante, a la fiscalización de locales de alcoholes, infracciones asociadas al consumo de alcohol, fiscalización de locales comerciales y relativas a infracciones a la ley de drogas.
Sin perjuicio de todo lo anterior, en sentencia emitida este lunes 26 de agosto, la Corte de Apelaciones determina que ambas instituciones deben acrecentar la labor fiscalizadora y ser ejercida de manera tal de cautelar los legítimos derechos de los vecinos del sector en cuestión, conciliándolos con la actividad turística que se desarrolla en la zona.