viernes 18 octubre de 2013 | Publicado a las 8:16 am · Actualizado a las 8:16 am
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Servel publicó el Padrón Electoral Definitivo para las Elecciones 2013
El Servicio Electoral publicó en su sitio web el Padrón Electoral Definitivo y la Nómina Definitiva de Electores Inhabilitados para las próximas Elecciones Presidencial, Parlamentarias y de Consejeros Regionales 2013, que se realizarán el 17 de noviembre próximo. Con este acto, el Servicio Electoral da cumplimiento al artículo 33 de la Ley N° 18.556, […]
El Servicio Electoral publicó en su sitio web el Padrón Electoral Definitivo y la Nómina Definitiva de Electores Inhabilitados para las próximas Elecciones Presidencial, Parlamentarias y de Consejeros Regionales 2013, que se realizarán el 17 de noviembre próximo.
Con este acto, el Servicio Electoral da cumplimiento al artículo 33 de la Ley N° 18.556, sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, que establece la publicación en su sitio web de las nóminas de electores con derecho a sufragio y de electores inhabilitados, con al menos treinta días de anticipación a la fecha en que deba realizarse una elección.
La nómina que contiene la lista de los electores habilitados para sufragar en las próximas Elecciones Presidencial, Parlamentarias y de Consejeros Regionales 2013. Esta nómina se construyó en base al Padrón Electoral con carácter de auditado, que contiene los 13.573.088 de electores inscritos en el Registro Electoral quienes reúnen los requisitos necesarios para ejercer el derecho a sufragio, conforme a los antecedentes conocidos por él, y modificado con las 187 reclamaciones acogidas.
En primera instancia, 186 reclamaciones fueron acogidas por los respectivos Tribunales Electorales Regionales y 37 fueron rechazadas. De las últimas, dos presentaron apelaciones, siendo revocada sólo una de ellas.
El Padrón Electoral Definitivo está ordenado y clasificado por región y comuna, contiene el R.U.N., nombre, domicilio electoral, circunscripción y mesa de votación. El Servicio Electoral da cumplimiento a lo previsto en la Ley N° 19.628, Sobre Protección de la Vida Privada, salvo en los casos señalados en la Ley N° 18.556.
El uso para fines comerciales de los datos del Padrón Electoral está prohibido. La pena puede alcanzar la pena de reclusión menor en su grado mínimo y multa de una a tres unidades tributarias mensuales.