miércoles 19 julio de 2017 | Publicado a las 12:11 pm · Actualizado a las 12:11 pm
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Corte Suprema emite fallo en caso de derechos humanos por dirigentes políticos de San Felipe
La sentencia condenó a Héctor Orozco Sepúlveda, Sergio Jara Arancibia y Pedro Lovera Betancourt a la pena de 10 años y un día de presidio por su responsabilidad como autores en ambos homicidios y a Raúl Navarro Quintana y Milton Nuñez Hidaldgo como cómplice de los mismos hechos.
La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a 5 miembros del Ejército como responsables de los homicidios de Rigoberto Achú Liendo y Absolón Wegner Millar, ocurridos el 13 de diciembre de 1973 en la ciudad de San Felipe.
En fallo unánime (rol 5.989-2017) la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y Jorge Dahm- confirmó la decisión de la Corte de Apelaciones de Valparaíso en el caso por los homicidios de los dirigentes de los Partidos Socialista y Comunista.
La sentencia condenó a Héctor Orozco Sepúlveda, Sergio Jara Arancibia y Pedro Lovera Betancourt a la pena de 10 años y un día de presidio por su responsabilidad como autores en ambos homicidios y a Raúl Navarro Quintana y Milton Nuñez Hidaldgo a 5 años y un día de presidio como cómplice de los mismos hechos.
La investigación del ministro en visita Jaime Arancibia Pinto estableció que: «no existe duda alguna en orden a que con los numerosos elementos de convicción expresados por el juez a quo se ha tenido por demostrado: «Que el día 13 de Diciembre de 1973, las víctimas de este proceso: Rigoberto del Carmen Achú Liendo y Absolón del Carmen Wegner Millar, quienes habían sido detenidos en los meses de septiembre y noviembre de ese año, respectivamente, por personal del Regimiento de Infantería N° 3 Yungay de San Felipe, por tratarse de dirigentes de los Partidos Socialista y Comunista y además tener a su cargo servicios públicos relevantes en esa ciudad, y ser puestos a disposición de la Fiscalía Militar de San Felipe, acusados de mantener armas escondidas y dentro del marco de supuestos ilícitos en contra de la Ley de Seguridad Interior del Estado y próximos a ser llevados a un Consejo de Guerra dispuesto para esos efectos, son sacados desde el lugar de su reclusión – Cárcel Pública de Felipe- entre las 22:00 a 23:00 horas de las noche, para ser llevados a la Fiscalía Militar de esa ciudad, que funcionaba en el Regimiento ya mencionado, ubicado más o menos a tres cuadras del recinto carcelario y en los momentos en que, después de un período de tiempo indeterminado, cuando eran devueltos a su lugar de reclusión, son acribillados por la patrulla que los transportaba, en un lugar cercano a la intersección de calles 5 de Abril con calle Molina de la ciudad de San Felipe, muriendo ambas víctimas en el acto, para luego, después de constituirse un contingente militar del Regimiento en ese lugar, Carabineros y Gendarmes, ser llevados al Hospital local, siendo lavados los rastros de sangre producidos, con la ayuda de Gendarmería de esta ciudad».
En el aspecto civil se confirmó la sentencia que condenó al Fisco y los victimarios a pagar una indemnización de $ 340.000.000 (trescientos cuarenta millones de pesos) a los familiares de las víctimas.