jueves 31 octubre de 2024 | Publicado a las 8:00 pm · Actualizado a las 8:00 pm
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Ley de Cumplimiento Tributario y las “50 transferencias”: Tarjetas prepago no bancarias habrían quedado excluidas de la normativa
La subsanación del problema debería darse mediante una modificación legal.
La Ley de Cumplimiento Tributario (Ley 21.713) establece nuevas obligaciones para que las instituciones bancarias y cooperativas reporten transacciones sospechosas al Servicio de Impuestos Internos (SII), ha generado una serie de preocupaciones en la ciudadanía, sobre todo la media que incluye el reporte de transferencias para mejorar la recaudación fiscal y combatir la evasión tributaria en Chile.
En este contexto, el criterio de “50 transferencias”, en la cual los bancos deberán informar al Servicio de Impuestos Internos (SII) sobre contribuyentes que reciban en un mismo día, semana o mes, 50 o más transferencias de personas distintas o 100 dentro de un mismo semestre; y el monto agregado de las operaciones reportadas.
El Código Tributario especifica que los sujetos obligados a esta nueva normativa incluyen a bancos, cooperativas de ahorro y crédito supervisadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), y a otras entidades sujetas a fiscalización financiera, como compañías de seguros. Asimismo, desglosa que las cuentas fiscalizadas se incluyen las cuentas corrientes, de ahorro y vista, y otros productos e instrumentos financieros.
Sin embargo, la norma excluye a las tarjetas prepago no bancarias – como Tenpo, Mercado Pago y Copec Pay – ya que estas no se encuentran dentro de las entidades mencionadas en la letra a) del artículo 85 bis del Código Tributario.
Esto implica que, a diferencia de las tarjetas prepago bancarias como MACH (Bci), estas tarjetas no están obligadas a reportar las “50 transferencias” al SII.
Quién abordó esta situación en un reporte detallado fue el medio Chócale, quién explicó en base a especialistas consultados que este vacío se debería a que en la etapa de redacción de la ley, las tarjetas prepago no bancarias no se consideraban de alto riesgo tributario.
Sin embargo, el uso de estas tarjetas ha crecido, superando los $56 millones en saldo en 2022, lo que podría motivar una futura revisión.
Como explicó Alejandro Abuyeres, abogado de Baraona Marshall, extender la obligación de reporte a las tarjetas prepago no bancarias requeriría una modificación legal.
“Una interpretación a través de un acto administrativo, cuya jerarquía sea inferior a la de una ley, no es sostenible y podría ser dejada sin efecto”, señaló el abogado al mencionado medio.