La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) comunicó durante esta jornada de martes la aplicación de sanciones a los directores de Quiñenco S.A., Andrónico, Nicolás y Jean Paul Luksic, por violar la prohibición de transar valores de la compañía en los 30 días previos a la divulgación de sus estados financieros.

La medida responde al cumplimiento del artículo 16, inciso 5° de la Ley N°18.045 de Mercado de Valores, que establece este periodo de bloqueo para evitar transacciones que podrían beneficiarse de información privilegiada.

Según las resoluciones N° 9907, N° 9906 y N° 9905, los estados financieros de Quiñenco S.A. al 30 de junio de 2022 se publicaron el 9 de septiembre de 2022. Sin embargo, el 29 de agosto de ese año, los hermanos Luksic—en su rol de directores de Quiñenco—enajenaron y posteriormente adquirieron 2.619.260 acciones de la compañía por medio de las sociedades Inversiones Orengo S.A. y Ruana Copper AG Agencia Chile, por un valor total de $6.228 millones de pesos.

Si bien la operación formaba parte de un proceso destinado a simplificar la estructura a través de la cual se ejercía el control de Quiñenco S.A., los sancionados igualmente estaban sujetos a la prohibición de realizar tales transacciones durante el periodo de bloqueo establecido por la normativa citada. Por ese motivo, se aplicó a cada uno una multa de UF 1.250, por infracción al inciso quinto del artículo 16 de la Ley 18.045.

Cabe señalar que la prohibición indicada en la Ley busca reducir el riesgo de que ciertos agentes, debido a su posición dentro de los emisores de valores, operen con ventaja de información.