La Corte de Apelaciones rechazó un recurso de protección presentado a favor de Luis Hermosilla, acción legal en la que el abogado Mario Vargas contra el Ministerio Público, solicitaba se destruyera toda la información del celular del imputado por el caso Audios.

Teniendo votación dividida, el tribunal de alzada manifestó que el recurso de protección no es la vía apropiada para controlar la investigación del Ministerio Público, debiéndose recurrir a la tramitación ordinaria de causas penales de considerarse afectado por la investigación.

De acuerdo a lo argumentado por Vargas, fiscalía debía apuntar a las conversaciones de Hermosilla relacionadas con el Caso Factop, mismo por el que se le imputaron delitos de corrupción, dejado de lado aquellos casos como su influencia en nombramientos del Poder Judicial, o información sensible recibida por el ahora exdirector de la PDI, Sergio Muñoz.

Vargas destacaba, con este punto, la privacidad que tienen todas las personas, argumentando que toda la información fuera del Caso Factop es de carácter personal.

“Que es cierto que la orden dada por el aludido tribunal de garantía dice relación con el delito que se está investigando por el MP –cohecho– y que la transcripción, que alcanzó la enorme cantidad de 770.000 páginas, ha debido hacerse respecto de aquellos mensajes que tienen que ver con la investigación (…) más este tribunal de alzada no puede dirigir la investigación del ente persecutor, que es autónomo”, se lee en el fallo.

“Es deber del Ministerio Pública, entonces, cautelar en su labor de investigación, los derechos constitucionales de terceros”, zanja.