jueves 23 mayo de 2024 | Publicado a las 10:17 pm · Actualizado a las 10:17 pm
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Conductor de aplicación fue condenado a 15 años por robo con homicidio frustrado en Calama
El sujeto agredió a sus víctimas con un arma blanca producto de una diferencia producto del cobro.
Un conductor de aplicación fue condenado a 15 años de cárcel por el delito de robo con homicidio frustrado, cometido en contra de una mujer y su hijo en Calama, región de Antofagasta.
El hecho ocurrió el 15 de enero de 2023, cuando el acusado, Alejandro Jared Díaz Ortiz, trasladó a las víctimas desde el terminal de buses a su domicilio.
Tras finalizar el viaje, se produjo una discusión por el monto cobrado, lo que motivó que el conductor descendiera del vehículo e internara a punta de un arma blanca quitarle el teléfono celular a una de las víctimas.
Ante esto, el menor de edad intervino para defender a su madre y recibió múltiples puñaladas en la zona abdominal, debiendo ser intervenido quirúrgicamente para salvar su vida. La madre también resultó lesionada en un brazo.
El acusado huyó del lugar en el mismo vehículo, sin concretar el robo del teléfono celular de la mujer.
Con estos antecedentes, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama consideró que, si bien el robo y el homicidio no se consumaron, debían ser sancionados como si lo hubieran hecho, debido a la gravedad de los delitos y a las circunstancias en que se produjeron.
De esta manera, el fallo se fundamentó en virtud del artículo 450 del Código Penal, que establece que ciertos delitos graves pueden ser castigados como consumados, aunque no se concreten, cuando el hecho no se concreta por circunstancias ajenas a la voluntad del acusado.
El fiscal Cristian Encina Farías, a cargo de la investigación, explicó que “en este caso, el robo estaba frustrado y el homicidio también, porque el celular se recuperó y la víctima menor de edad sobrevivió. Sin embargo, ambos delitos no se concretaron exclusivamente por circunstancias fortuitas y por la defensa que opuso la víctima. Y el artículo 450 del Código Penal establece que cuando son afectados bienes jurídicos importantes, como la vida o la propiedad, se adelanta la punibilidad, es decir, no se requiere que el hecho esté consumado para sancionarlo como tal”.
Tras comunicar la condena de 15 años y un día, el tribunal ,además, estableció la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.