domingo 12 mayo de 2024 | Publicado a las 12:21 am · Actualizado a las 12:21 am
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Sancionan a Termoeléctrica Ventanas con multa de $168 millones por incumplimiento de plan operacional
El hecho se registró durante una declaración de alerta ambiental ocurrida en marzo de 2023.
El Complejo Termoeléctrico Ventanas recibió una millonaria multa por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) por incumplimiento de su plan operacional en medio de la Gestión de Episodios Críticos para Concón, Quintero y Puchuncaví.
De acuerdo a lo informado, la multa asciende a la suma de a 214 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a $168.057.624.
El hecho se registró durante una declaración de alerta ambiental ocurrida en marzo de 2023.
La SMA dio a conocer que entre las 02:00 y las 03:00 horas del 16 de marzo de 2023, se registraron valores horarios de dióxido de azufre (SO2) de 582 µg/m3N en la estación Centro Quintero.
El hecho ocurrió en el marco de una declaración de alerta ambiental en marzo de 2023. Las instalaciones de AES Andes están ubicadas en la Bahía de Quintero, comuna de Puchuncaví, y consideran cuatro unidades de generación eléctrica que operan a través de combustible fósil (carbón), siendo declarado por la Delegación Presidencial de Valparaíso un episodio de alerta ambiental para Quintero, Puchuncaví y Concón durante 11 horas, partiendo desde las 03:00 hasta las 13:59 horas.
Bajo esa línea, tras inspeccionar el Complejo Termoeléctrico Ventanas, fiscalizadores constataron la implementación de las medidas de control de emisiones emitidas en el Plan Operacional de 2022.
Esta acción confirmó que el titular llevó a cabo sólo un máximo de reducción de 7,8% y no el 11% establecido en el plan para situaciones de alerta ambiental, por lo que el 21 de abril de 2024, la Superintendencia del Medio Ambiente inició un procedimiento sancionatorio, con la formulación de un cargo grave contra AES Andes ubicada en la Bahía de Quintero, y con cuatro unidades de generación eléctrica que operan a través de combustible fósil (carbón).
La multa a pagarse en la Tesorería General de la República es a beneficio fiscal, debiendo ser cancelada en los diez días hábiles desde la notificación de la resolución sancionatoria.