Este viernes 26 de abril entró en vigencia la Ley 40 horas (Ley 21.561).

Esta nueva ley reduce de forma gradual la jornada laboral. En esta primera etapa de implementación, será una reducción obligatoria de la jornada de trabajo de 45 a 44 horas semanales.

Se contempla en la ley que en el año 2028 se llegará a la implementación de 40 horas de trabajo semanales, de acuerdo al siguiente esquema:

26 de abril de 2024: 44 horas semanales
26 de abril de 2026: 42 horas semanales
26 de abril de 2028: 40 horas semanales

No obstante, las empresas que prefieran pueden reducir la jornada a 40 horas semanales antes de la fecha fijada por ley.

Al respecto, la Dirección del Trabajo, explica como puede ser aplicada la reducción de jornada laboral.

Jornada de 5 días semanales: el empleador reducirá la jornada laboral en al menos una hora en un día.

Tratándose de una jornada de lunes a viernes, el 26 de abril de 2024 el empleador deberá reducir al menos una hora la jornada diaria en alguno de los 5 días que forman parte de la jornada semanal” , explicaron desde la DT.

Jornada semanal de 6 días (de lunes a sábado): “El empleador deberá reducir al menos 50 minutos en una jornada diaria y la fracción de 10 minutos en otra, en alguno de los seis días que forman parte de la jornada semanal”, explicaron.

En la ley de 40 horas quedan excluidos aquellos trabajadores que presten servicios como gerentes, administradores, apoderados con facultades de administración.

El trabajador debe tener en cuenta que la aplicación de esta nueva ley no significa en ningún caso la disminución de su remuneración.

La Dirección de Trabajo recalca que aquellas personas que trabajan bajo la modalidad de Teletrabajo tiene derecho a una jornada laboral de 40 horas, quedando sólo excluidos si prestan servicios como gerentes, administradores, apoderados con facultades de administración.

Aquellas trabajadoras Puertas Adentro, su jornada laboral se traducirá en dos días libres al mes, remunerados y de libre disposición, siendo posible ser acumulables sólo por acuerdo entre ambas partes hasta por tres meses, generándose así seis días libres en un trimestre.

De existir días pendientes de utilizar al momento del término de la relación laboral, estos deberán ser compensados por el empleador.

En tanto, las Trabajadoras Puertas Afuera, contarán con la reducción de la jornada laboral de 44 a 45 horas a la semana, pudiendo inclusive acordar de forma anticipada la jornada laboral a 40 horas semanales.