miércoles 21 febrero de 2024 | Publicado a las 4:33 pm · Actualizado a las 4:33 pm
¿encontraste un error?
avísanos
Envíanos tu corrección
Sujeto fue condenado a 10 años de cárcel por abuso sexual en Tierra Amarilla
Además, se estableció la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal.
A 10 años de cárcel fue condenado un imputado a quien se le investigó por su participación consumada en un delito de abuso sexual cometido en la comuna de Tierra Amarilla.
Los antecedentes de esta causa fueron argumentados por la fiscal adjunta (s) de la Fiscalía Local de Copiapó, Carolina Trivelli Zuazagoitía, quien presentó ante los magistrados distintos medios de prueba y evidencia reunida en la etapa investigativa de los hechos denunciados, además de testimonios de personal policial que intervinieron en la investigación. Pudiendo contar, además, con el relato de la víctima menor de edad, quien declaró mediante los protocolos que establece la Ley 21.057 de Entrevista Investigativa Videograbada mediante la intervención de un intermediador
que entrevista a la víctima fuera de la sala de audiencia mediante un sistema cerrado de cámaras, velando así la integridad de la afectada sin someterla a la presión de declarar en la sala de realización del juicio como ocurría previo a la puesta en marcha de la Ley.
“La Fiscalía de Atacama investigó esta denuncia ocurrida en Tierra Amarilla en que el acusado cometió el abuso sexual aprovechando la cercanía familiar con la niña, hechos que luego fueron denunciados por una familiar de la afectada. A partir de ahí se ordenaron las diligencias investigativas de rigor, derivando los antecedentes a la Unidad de Atención a Víctimas y Testigos. Llegando la causa a la audiencia de Juicio Oral en que la Fiscalía pudo acreditar los hechos y la participación del acusado, siendo el Centro de Atención Integral a Víctimas (CAVI) parte querellante en este caso”, indicó Trivelli.
La fiscal agregó que el Tribunal además de la condena de presidio, estableció la interdicción del derecho a ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, y de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal, debiendo informar a Carabineros cada tres meses su domicilio.