martes 7 marzo de 2023 | Publicado a las 10:03 am · Actualizado a las 10:03 am
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Corte de Apelaciones resuelve que Municipalidad de Santiago deberá erradicar comercio ambulante del Paseo Ahumada y cercanías
“La instalación del comercio ilegal genera una afectación al derecho a desarrollar cualquiera actividad económica de parte de la recurrente”, indicó la opinión mayoritaria de los magistrados en el fallo.
Una resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió que la Municipalidad de Santiago deberá en un plazo de 45 días crear una mesa de trabajo con el Ministerio del Interior, el Servicio Nacional de Prevención de Consumo de Drogas y Alcohol y otros organismos relacionados, con el fin de erradicar el comercio ambulante en el Paseo Ahumada y sus cercanías.
En este sentido, la resolución del tribunal de Alzada dice relación con el recurso de protección presentado por la Librería Antártica Plaza Limitada, que se ubica en esa calle, determinando que la alcaldía deberá informar a la Justicia los avances y medidas adoptadas para solucionarlo luego de considerar que la presencia del comercio ilegal afecta la garantía constitucional de derecho a la propiedad del recurrente.
De esta forma, la parte recurrente apuntó en el escrito que a mediados de 2021 “comenzó a intensificarse la presencia del comercio ambulante, instalándose verdaderas carpas frente a la librería, y ello obstaculiza completamente la vista de los transeúntes al local comercial, además de impedir el fácil acceso a ella, toda vez que las carpas han convertido el paseo peatonal en varios pasillos, siendo el más angosto el que da a la librería”, consigna El Mercurio.
Con estos antecedentes, el ministro Héctor Plaza y el abogado integrante Óscar Torres estimaron que “la instalación del comercio ilegal genera una afectación al derecho a desarrollar cualquiera actividad económica de parte de la recurrente, quien ve vulnerada dicha garantía pese a las medidas adoptadas por la alcaldía, empero, dicha conculcación viene dada por la magnitud del fenómeno, en que, conforme a lo razonado precedentemente, no puede atribuírsele una vinculación única y precisa con alguna actuación u omisión de la recurrida”.
Para ello, los magistrados plantearon crear una instancia “con los distintos estamentos que deban participar en la prevención y en el ataque de esta clase de comercio ilegal en la zona, la que tenga por objetivo, precisamente, erradicar el mismo, permitiendo, en definitiva, la adecuada protección de aquellos comerciantes como el recurrente”.
Por su parte, la ministra Jéssica González rechazó “íntegramente” la acción de la librería, argumentando que “no existe un acto u omisión ilegal o arbitrario imputable a la recurrida, por cuanto con el mérito de los documentos acompañados a la causa por la Municipalidad de Santiago, se tiene por cierto que esta ha realizado una serie de actividades y gestiones concretas destinadas a fiscalizar y erradicar el comercio ambulante en la vía que se denuncia”.
Finalmente, el escrito estableció que el Municipio encabezado por Irací Hassler deberá reportar el resultado de acuerdos y medidas concretas adoptadas, en el plazo antes establecido, el cual comienza a computarse desde que se encuentre “firme la presente sentencia”.