martes 20 diciembre de 2022 | Publicado a las 4:49 pm · Actualizado a las 4:49 pm
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CNC pidió postergar la entra en vigencia del IVA a las prestaciones de servicios
La entidad señaló que la aplicación de la nueva normativa tiene una serie de falencias.
Este martes la Cámara nacional de Comercio, Servicio y Turismo de Chile (CNC) hizo un llamado al Gobierno a postergar la modificación del IVA a los servicios, el cual determina que desde el 1 de enero de 2023, todos quienes prestan algún tipo de servicio comenzarán a pagar impuestos, esto con la excepción de los que sean prestados por sociedades profesionales de personas, algunas prestaciones de salud, de educación y transportes.
A través de un comunicado, la CNC declaró que “debiera modificarse dicha norma en términos de restringir su aplicación solo respecto de las operaciones que se realicen con contribuyentes que pagan ese impuesto”.
“Asimismo, y dado que cualquier cambio normativo requiere tiempo, solicitamos se suspenda su aplicación, invocando en esta solicitud lo mismo que se hizo cuando se aprobó la ley que condicionaba el uso del crédito fiscal a que el IVA estuviere pagado”, expresó.
La entidad gremial incluyó en este listado a “lo que se paga por el cuidado de ancianos y centros de rehabilitación de drogas; lo que los condominios pagan por la seguridad y la mantención de los jardines; lo que los deudos pagan a los cementerios por las mantenciones de las sepulturas; y los servicios profesionales prestados por empresas cuyos socios no son profesionales“.
Además, detalló que “aunque las empresas no quieran trasladar el valor del IVA al precio de los contratos se verán obligadas a tener que hacerlo, porque la base sobre la cual se cobra ese impuesto es el precio acordado”.
“El prestador del servicio no puede justificar que el IVA se encontraba incluido en el precio acordado con el cliente, ya que el SII sobre ese precio final aplicará el 19% correspondiente al IVA”, agregó.
En esta misma línea, la CNC argumentó además que “en el caso de las empresas que prestan servicios que se repiten en el tiempo, puede considerarse que estos son periódicos, y el Fisco, por tanto, podrá exigirles que el IVA se pague antes de que el precio se perciba”.
“El problema es que en muchos casos los clientes no pagan los servicios y si eso es así, las empresas no tendrán como recuperar el impuesto que paguen al Fisco. Por el no pago del IVA la autoridad puede cobrar multas muy altas e incluso llegar a denuncias que impliquen arresto para los contribuyentes”, complementó.
Así mismo, el gremio recalcó que “resulta impracticable establecer que solo las sociedades profesionales no paguen IVA, porque si un socio muere, deja de tener el beneficio. Además, debiera establecerse que dichas entidades siempre son Pymes, independientemente de las normas de relación, porque su aplicación conlleva que, si un socio participa en sociedades con alto flujo, impedirá que los demás puedan beneficiarse de la cláusula Pyme, introduciendo una diferencia que resulta injusta”, añadieron.
“No es posible que los socios sepan además en que tienen invertidos sus ingresos los otros socios. Basta que uno de ellos invierta por medio de un corredor de Bolsa para que la sociedad de profesionales no pueda ser Pyme”, advirtieron.