martes 23 agosto de 2022 | Publicado a las 1:05 pm · Actualizado a las 1:05 pm
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Corte Suprema rechaza recurso de amparo de Daniel Jadue para evitar juicio oral por edificio de Bellavista
El caso se da por la negativa a entregar la recepción municipal para uno de los proyectos del “Conjunto Armónico Bellavista”.
Durante esta jornada se dio a conocer que la segunda sala de la Corte Suprema rechazó el recurso de amparo interpuesto por el alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, en contra de la resolución que revocó su sobreseimiento definitivo en el marco de la causa judicial con la empresa Desarrollo Inmobiliaria Bellavista.
En fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal desestimó la acción judicial donde el jefe comunal apuntaba a tres integrantes de la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago: los ministros Carmen Gloria Correa y Juan Muñoz Pardo, y el abogado integrante Rodrigo Montt Swett.
En este sentido, los magistrados antes mencionados votaron por desestimar el sobreseimiento que había decretado el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago frente a las acusaciones de prevaricación y negociación incompatible por tráfico de influencias presentadas por la empresa inmobiliaria en contra de la autoridad municipal.
Tras la decisión del Máximo Tribunal, el abogado querellante, Christian Espejo, señaló a Radio Bío Bío, que de esta forma “se acaban las posibilidades de Jadue para impedir el juicio oral”.
Cabe señalar que el bullado caso se remonta al año 2017, cuando la empresa y el exconcejal Mauricio Smok (UDI), se querellaron en contra del militante del Partido Comunista por la no otorgación de permisos para habilitar un edificio residencial “Conjunto Armónico Bellavista”, el cual contempla tres torres residenciales, una de las cuales ya está funcionando y otra no se encuentra construida.
El problema abarca al segundo edificio que, si bien está listo para ser entregado, la Recepción Municipal de Recoleta no ha dado el permiso para que pueda ser habitado al acusar que sus 16 pisos exceden los 9 establecidos en el plan regulador.