miércoles 1 junio de 2022 | Publicado a las 12:58 pm · Actualizado a las 1:00 pm
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Presidente Boric anuncia que pondrá urgencia al proyecto que establece derecho a la Eutanasia
El proyecto fue aprobado en 2021 y quedó a la espera de su tramitación en el Senado.
Durante esta jornada el Presidente de la República, Gabriel Boric, realizó su primera Cuenta Pública Presidencial, oportunidad en la cual realizó una serie de anuncios para los próximos años de gobierno.
En este sentido, en materia de Salud el mandatario anunció que pondrá urgencia inmediata a la tramitación del proyecto de ley que establece el derecho a la eutanasia en Chile.
En este sentido, el proyecto fue aprobado en la Cámara de Diputadas y Diputados en abril de 2021, ocasión tras la cual quedó a la espera de su tramitación en el Senado.
Qué establece el proyecto
La iniciativa legal iniciada por la moción parlamentaria encabezada por Vlado Mirosevic pretende permitir que personas que padezcan enfermedades graves e irremediables, y que cumplan con determinados requisitos puedan solicitar la eutanasia o el suicidio asistido.
Los requisitos señalados son el que exista un diagnóstico de enfermedad terminal, que la situación de salud del paciente se caracterice por una disminución avanzada e irreversible de sus capacidades y que la dolencia o la disminución avanzada e irreversible de sus capacidades ocasione sufrimientos físicos o psíquicos persistentes e intolerables.
El proyecto establece que para optar a la eutanasia o el suicidio asistido se debe contar con el diagnóstico de al menos dos especialistas. Las diferencias entre una y otra forma de morir está dada porque en el primer caso será, precisamente, un profesional de la salud quien administre una sustancia al enfermo, mientras que en el segundo, el profesional facilitará los medios para llevar a efecto el requerimiento.
Por otro lado, se establece que para poder acceder a este derecho el solicitante debe ser chileno, con residencia legal en Chile, o certificado de residencia que acredite un tiempo de permanencia en territorio chileno superior a doce meses; ser mayor de 18 años, estar consciente al momento de la solicitud o al momento de haber realizado un documento de voluntad anticipada, contar con la certificación del uso pleno de sus facultades mentales, descartando enfermedades de salud mental que afecten su voluntad y, finalmente, el manifestar la voluntad expresamente, de manera razonada, reiterada, inequívoca y libre de cualquier presión externa.