sábado 14 mayo de 2022 | Publicado a las 5:17 pm · Actualizado a las 5:17 pm
¿encontraste un error?
avísanos
Envíanos tu corrección
Servel entrega declaración por nómina especial de electores que no serán considerados en el Padrón Electoral
Los electores que se encuentren en la nómina, pueden reclamar su reincorporación al padrón hasta el próximo 17 de mayo.
En redes sociales circuló la noticia que el Servicio Electoral (Servel) habría eliminado de forma arbitraria del padrón electoral a todos los mayores de 90 años, por lo que no estarían habilitados para votar en el próximo plebiscito de septiembre.
Desde el Servel, levantaron una aclaratoria a esta noticia, sosteniendo que “Se presenta en forma tergiversada y de mala fe, la aplicación por parte del Servicio Electoral de una disposición legal (artículo 31 bis de la ley N° 18.556 incorporado en febrero 2021) que le obliga a la publicación de una nómina de personas que de no reclamar podrían ser excluidas del padrón electoral”.
Además, indicaron las tres condiciones para que un elector aparezca en la nómina:
- Ser mayor de 90 años.
- No contar con su documento de identidad vigente, por no haber obtenido o renovado su cédula nacional identidad, cédula de identidad para extranjeros o pasaporte, en los últimos once años, de acuerdo a la información que entrega el Registro Civil.
- No haber votado en la dos últimas elecciones generales. (mayo y diciembre 2021)
La nómina cuenta con 8.283 electores que cumplen con estas condiciones.
El Servel detalló además que dentro del padrón electoral cuenta con otros 189.306 electores mayores de 90 años.
Los electores que se encuentren en la nómina, pueden reclamar su reincorporación al padrón hasta el próximo 17 de mayo, en todas las direcciones regionales del Servicio Electoral o por medio de un correo electrónico a reclamos90@serve.cl, agregando una fotografía por ambos lados de la cédula de identidad del elector mayor de 90 años.
Finalmente, cuando el Servicio Electoral publique el 6 de junio el padrón auditado, cualquier elector podrá reclamar a partir del 7 de junio y por diez días su eventual no inclusión, ante el Tribunal Electoral Regional de la Región que le corresponda.