jueves 24 marzo de 2022 | Publicado a las 1:49 am · Actualizado a las 1:49 am
¿encontraste un error?
avísanos
Envíanos tu corrección
Pleno de la Convención aprueba Estado plurinacional y autogobierno de pueblos originarios
Los artículos pasarán al borrador de la Carta Magna.
Durante la jornada de este miércoles, el Pleno de la Convención Constitucional aprobó en particular definir a Chile como un “Estado Plurinacional e Intercultural”.
El primer inciso del artículo 4 indica que “Chile es un Estado Plurinacional e Intercultural que reconoce la coexistencia de diversas naciones y pueblos en el marco de la unidad del Estado”.
El mismo fue visado por 115 votos a favor, 34 en contra y 4 abstenciones.
El Pleno aprobó de igual manera por 110 votos a favor, 41 en contra y ninguna abstención, el artículo que señala que “son pueblos y naciones indígenas preexistentes los Mapuche, Aymara, Rapa Nui, Lickanantay, Quechua, Colla, Diaguita, Chango, Kawashkar, Yaghan, Selk’nam y otros que puedan ser reconocidos en la forma que establezca la ley”.
Ambos artículos pasaron al borrador de la Carta Magna.
Durante la jornada fue aprobado igualmente con 104 votos a favor, el artículo 5 del texto de Sistema Político, el que señala en su primer inciso que los pueblos originarios cuenta con “derecho al pleno ejercicio de sus derechos colectivos e individuales”.
Agrega además que los pueblos originarios, “En especial, tienen derecho a la autonomía y al autogobierno, a su propia cultura, a la identidad y cosmovisión, al patrimonio y la lengua, al reconocimiento de sus tierras, territorios y la protección del territorio marítimo”.
Fue aprobado con 11 votos a favor, 35 en contra y 5 abstenciones la norma que sostiene que “es deber del Estado Plurinacional, respetar, garantizar y promover con participación de los pueblos y naciones indígenas, el ejercicio de la libre determinación y de los derechos colectivos e individuales de que son titulares”.
La última norma aprobada durante la jornada señala que: “El Estado debe garantizar la efectiva participación de los pueblos indígenas en el ejercicio y distribución del poder, incorporando su representación en la estructura del Estado, sus órganos e instituciones, así como su representación política en órganos de elección popular a nivel local, regional y nacional”.