lunes 10 enero de 2022 | Publicado a las 6:52 pm · Actualizado a las 6:55 pm
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Fiscalía formalizó a empleados de empresa de ascensores por presunta responsabilidad en las lesiones a una menor de 2 años tras el desplome de pieza metálica
Ambos imputados, en tanto, se encuentran sin medidas cautelares durante el desarrollo de la investigación en su contra.
El Ministerio Público se encuentra investigando a dos empleados de la empresa de Ascensores OTIS Chile Limitada, por su presunta responsabilidad en el delito de lesiones menos graves contra una menor de dos años, hecho ocurrido en marzo de 2019.
Se trata de Manuel Sandoval Jiménez y Pedro Sotomayor Salgado, quienes ejercen funciones de técnico en mantenimiento preventivo y supervisor de servicios respectivamente, en la empresa mencionada.
Contra ambos, la fiscal oriente Ximena Cocca formalizó cargos ante el 8° Juzgado de Garantía de Santiago, que tras escuchar los hechos fijó un plazo de investigación de 180 días.
De acuerdo a lo hechos expuestos por el Ministerio Público durante la audiencia, la mañana del 13 de marzo de 2019, apenas el ascensor se puso en movimiento, de manera intempestiva y sin mediar intervención alguna, se desplomó desde el techo del ascensor una gran pieza metálica de bordes filosos, ocasionándole lesiones a una niña de dos años y medio, calificadas como menos graves por el Servicio Médico Legal.
Según el relato, la víctima de iniciales JBL, menor de 2 años y 5 meses a la fecha de los hechos, ingresó junto a sus padres Rosario y Guillermo al ascensor número 1 del Edificio Armonía, ubicado en la comuna de Ñuñoa, y un vez que se puso en movimiento el ascensor, de manera intempestiva y sin mediar intervención alguna, cayó desde el techo de la cabina una pieza metálica que cubría el sistema de iluminación del referido ascensor, denominado canoa, la que cae directamente sobre el rostro de la víctima, ocasionándole lesiones consistentes en herida contuso cortante de 0.5 centímetros de longitud, que compromete el rojo labial en labio inferior a derecha, lesiones de mediana gravedad que requirieron de tratamiento quirúrgico especializado.
A juicio de la abogada querellante, Daniela Santa María –del estudio Luengo Montt- “la caída de la referida pieza metálica se produjo sin intervención alguna de quienes ocupaban en ese momento el ascensor, siendo ello directa consecuencia de la deficiente instalación y mantención de la canoa de iluminación anclada al techo del ascensor número 1, correspondiéndole al imputado Sandoval Jiménez la mantención mensual de los ascensores del edificio, y al imputado Sotomayor Salgado, la supervisión del trabajo de mantención y reparación de los equipos de su cartera designada, así como supervisar directamente las tareas del grupo de trabajo a su cargo, entre quienes se encontraba el imputado Sandoval Jiménez”
“Es así que, el imputado Sandoval Jiménez, no verificó que la canoa de iluminación del interior de la cabina tuviera la resistencia mecánica necesaria para soportar las fuerzas que actúan durante el normal funcionamiento del ascensor, mientras que, por su parte, el señor Sotomayor Salgado no verificó en terreno el trabajo de mantención y reparación del ascensor número 1 del Edificio, a pesar de que estaba adentro de su cartera de trabajo”, agregó Santa María, aseverando que los coimputados “cada uno en sus respectivos ámbitos de actuación, omitieron aquellas tareas que la normativa legal, reglamentaria y técnica aplicable les impone como necesarias para garantizar el buen estado de la instalación y el funcionamiento del ascensor número 1 de tal manera que este opere sin riesgo para la vida y salud de las personas que normalmente lo utilizan”.
Ambos imputados, en tanto, se encuentran sin medidas cautelares durante el desarrollo de la investigación en su contra.