Este miércoles, el presidente de la República, Sebastián Piñera, promulgó la “Ley Juan Barrios”. La misma incrementa las sanciones penales para los ataques contra todo tipo de vehículos motorizados.

En un punto de prensa en la Moneda, el Jefe de Estado, en compañía del ministro del Interior, Rodrigo Delgado, además de los subsecretarios del Interior, Juan Francisco Galli y de Prevención del Delito, María José Gómez, dieron a conocer esta nueva ley.

Esta nueva ley, lleva el nombre de Juan Barrios, a forma de homenaje al camionero, quien durante la noche del 9 de febrero de 2020, sufrió un ataque incendiario mientras se encontraba durmiendo dentro de su camión.

Debido a las graves quemaduras, que afectaron el 30% de su cuerpo, dejando las vías respiratorias comprometidas, Barrios perdió la vida el 4 de marzo del mismo año.

“El 13 de agosto de 2020 este proyecto de ley que comprometimos con Sandra (Viuda de Juan Barrios) y con todas las víctimas de la violencia y del terrorismo, se integró con una moción (…) y que tuvo el apoyo de muchos parlamentarios”, destacó el Presidente Piñera.

A esto agregó que “hoy con la promulgación de la ley estamos dando un importante paso adelante, para poder hacer justicia con Juan y con tantas otras personas que han sufrido las consecuencias del terrorismo y la violencia”, manifestó el Mandatario. Junto con esto, explicó que la ‘Ley Juan Barrios’ “pone término a una impunidad en que quedaba los ataques incendiarios cometidos contra vehículos motorizados y otros porque simplemente no estaban contemplados en nuestro Código Penal que data de 1874″.

Esta nueva ley lo que hace es aplicar las penas del delito de incendio, que son muy graves, cuando se comentan contra vehículos como camionetas, automóviles o camiones, o instalaciones sanitarias, de almacenamiento o transporte de combustible y también de distribución generación de energía eléctrica”, agregó.

Durante la instancia, el jefe de Estado, destacó “la pena del delito de incendio podrá llegar a presidio perpetuo para quienes lo comentan contra vehículos motorizados, camiones o buses, cuando se encuentran en ellas una o más personas y su presencia pueda anticiparse”

En síntesis, se crea un agravante, que aumenta hasta en un grado la pena, que puede ir desde 15 años y 1 día, hasta presidio perpetuo, en el caso de aquellos delitos de incendio, cuando recayera sobre un vehículo motorizado con personas en su interior y que las misma sean obligadas a descender del vehículo para la ejecución del ilícito.