Apelando a la necesidad de cubrir gastos imprescindibles para su labor, la Sala despachó -por unanimidad y sin debate-, el proyecto que modifica el decreto con fuerza de ley N°120, de 1960, de Hacienda, Ley Orgánica de la Polla Chilena de Beneficencia, para incorporar entre los beneficiarios de los fondos que indica al Cuerpo de Voluntarios de Botes Salvavidas.

 

Con este resultado, la propuesta queda en condiciones de ser promulgada como ley. Ahora la Cámara de Diputadas y Diputados tomará conocimiento que los senadores no hicieron modificaciones al texto original, tras lo cual informará al Ejecutivo.

 

La moción reconoce que un porcentaje de los ingresos líquidos de la Polla Chilena De Beneficencia, percibidos por concepto de las ventas de sus 6 juegos de azar, son distribuidos entre 11 instituciones, la mayoría privadas sin fines de lucro, que cumplen funciones públicas y sociales relevantes.

 

En ese entendido, se plantea que existen diversos cuerpos de voluntarios que prestan servicios comunitarios importantes, que requieren apoyo financiero. Así se analiza el caso del Cuerpo de Voluntariado de Botes Salvavidas, cuyos trabajadores dependientes y voluntarios concurren ante emergencias donde deben realizarse rescates sin contar con una línea de financiamiento anual que les permita incurrir en gastos relacionados a reparaciones, capacitaciones, actividades de prevención entre otras.

 

 

PROYECTO

Redistribuye los aportes que Polla Chilena de Beneficencia, efectúa entre 11 instituciones públicas, reduciendo en 0,5% el porcentaje que corresponde a 10 de ellas (no se modifica el porcentaje de FONASA), e incorpora al Cuerpo de Voluntariado de Botes Salvavidas como una institución beneficiada, con un 4,5% del porcentaje que conforme los estatutos jurídicos de Polla Chilena, se reparten entre este grupo de instituciones de ayuda social.