El Ministerio de Educación, anunció esta mañana en conjunto con las tres asociaciones de municipalidades, la directora de educación pública y representantes de colegios particular subvencionados, el detalle del calendario escolar para el año 2021, el cual contempla el inicio del año escolar para el 1 de marzo del próximo año.

En el oficio enviado a los colegios se entregaron, además, lineamientos para que los establecimientos diseñen sus planes de retorno presencial cumpliendo con los protocolos elaborados en conjunto con el Ministerio de Salud, los cuales deberán ser entregado a más tardar el viernes 8 de enero del 2021.

Tras el anuncio, el ministro Raúl Figueroa declaró que “Los esfuerzos del Ministerio han estado enfocados en mitigar al máximo los efectos negativos que tiene la suspensión prolongada de clases presenciales, entregando apoyos y recursos educativos a las comunidades para reforzar las clases a distancia. Sin embargo, y a pesar de esos esfuerzos, este año hemos podido constatar con mayor claridad que las clases presenciales son irremplazables y aunque sabemos que el próximo año también será desafiante y nuevamente pondrá a prueba el liderazgo y el trabajo de las comunidades escolares, debemos planificar con tiempo para poder recibir a nuestros estudiantes el 1 de marzo”, explicó.

En este sentido, desde el Ministerio indicaron que la modalidad presencial será la regla para 2021, razón por la cual, el plan de funcionamiento  de los establecimientos debe ser lo suficientemente versátil para estar preparado ante un cambio en las condiciones sanitarias, que dependerá siempre de las medidas que adopte la autoridad del ramo.

Recomendación de sistema trimestral de clases

Para el año escolar 2021 el Ministerio de Educación recomienda al sistema escolar, la adopción de un régimen trimestral de organización del año escolar para planificar en tramos más cortos, los cuales pueden ajustarse con mayor facilidad y permiten monitorear durante 3 ciclos completos los avances curriculares.

La Agencia de Calidad de la Educación, pondrá a disposición de todos los establecimientos educacionales, una evaluación diagnóstica que permita planificar las flexibilizaciones curriculares pertinentes. Esta evaluación diagnóstica deberá realizarse a más tardar hasta el 15 de marzo y podrá ser complementada por evaluaciones propias de los establecimientos.