domingo 13 septiembre de 2020 | Publicado a las 7:05 pm · Actualizado a las 7:07 pm
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¿Fiscalizadores a domicilio? Conozca las atribuciones del Código Sanitario que tendrán en estas Fiestas Patrias
Además el toque de queda se adelantará a las 21 horas entre el 17 y el 20 de septiembre.
Este fin de semana,las redes sociales se llenaron de preguntas respecto al feriado de Fiestas Patrias y las normas sanitarias establecidas para evitar el aumentos de contagios de Covid-19 del plan “Fondéate en tu casa”. Una de las preguntas más recurrente es que es factible que los fiscalizadores ingresen a las casas o lugares privados a revisar y fiscalizar cuantas personas se encuentran al interior. La respuesta a esa incógnita es , SI, pueden entrar ya que el Código Sanitario así lo permite.
Y es que en el artículo 8 del documento establece que “para el cumplimiento de las órdenes que expida en conformidad a las facultades que le concede el presente Código y sus reglamentos, el Director General de Salud podrá requerir el auxilio de la fuerza pública directamente de la Unidad del Cuerpo de Carabineros de Chile más cercana y éstas estarán obligadas a proporcionarla“.
En el artículo 155(146) se detalla específicamente que “para la debida aplicación del presente Código y de sus reglamentos, decretos y resoluciones del Director General de Salud, la autoridad sanitaria podrá practicar la inspección y registro de cualquier sitio, edificio, casa, local y lugares de trabajo, sean públicos o privados“.
En el presente artículo además se señala que “cuando se trate de edificio o lugares cerrados, deberá procederse a la entrada y registro previo decreto de allanamiento del Director General de Salud, con el auxilio de la fuerza pública si fuere necesario”.
Vale recordar que está prohibido el traslado a las segundas viviendas, para lo que se establecerán cordones sanitarios en varias ciudades del país, además de adelantarse el toque de queda a las 21 horas entre el 17 y el 20 de septiembre.