martes 9 junio de 2020 | Publicado a las 11:08 pm · Actualizado a las 11:08 pm
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Corte de Santiago revoca decisión y declara admisible querella INDH por apremios ilegítimos a joven que recibió perdigones
La magistrada Alicia Rosende Silva declaró inadmisible en primera instancia la querella por considerar que los hechos descritos en ella no eran constitutivos de delito.
La Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago revocó una resolución del 8° Juzgado de Garantía que declaró inadmisible una querella por apremios ilegítimos presentada por el Instituto Nacional de Derechos Humanos en favor de la víctima A.E.V.R., quien el 6 de noviembre de 2019 en el contexto de la crisis social recibió dos impactos de perdigones en sus piernas, percutados desde una escopeta antidisturbios de Carabineros de Chile.
Según la querella del INDH basada en el relato de la víctima, A.E.V.R. participó de una manifestación social pacífica, en la que incluso habrían estado presentes niños y niñas. Esta habría sido irrumpida por un grupo de funcionarios de Carabineros de Chile, quienes sin mediar previo aviso ni utilizar otros medios disuasivos de menor intensidad, dispararon sus escopetas antidisturbios hacia las personas que se encontraban en el lugar, proyectiles que habrían sido percutados a una distancia aproximada de 15 metros.
En ese contexto, la víctima recibió el impacto de dos perdigones en su pantorrilla derecha, municiones que permanecieron incrustadas en su cuerpo durante 51 días, provocándole dolor y sufrimiento durante ese periodo.
La magistrada Alicia Rosende Silva declaró inadmisible en primera instancia la querella por considerar que los hechos descritos en ella no eran constitutivos de delito. En contraposición, el INDH expuso ante la Corte que la magistrada realizó un análisis de fondo que no corresponde a la etapa procesal y que emitió juicios de valor al respecto, enfatizando que en el caso los funcionarios no cumplieron con los presupuestos básicos para el uso de la fuerza, ni con el protocolo para la utilización de la escopeta antidisturbios.
En su resolución verbal, la referida sala de la Corte de Apelaciones acogió los argumentos del INDH, declarando admisible a tramitación la querella, a efectos de que el Ministerio Público realice la investigación respectiva, agregando que atendido al juicio de valor emitido por la magistrada en su resolución, quedaba inhabilitada para seguir conociendo de la causa.