martes 27 agosto de 2019 | Publicado a las 2:02 am · Actualizado a las 2:02 am
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Avanza proyecto que permite a los Juzgados de Policía Local del país notificar sus resoluciones vía correo electrónico
Con el proyecto se busca añadir una nueva alternativa en virtud a los tiempos que corren.
Esta semana avanzó en el senado el proyecto que permite a los Juzgados de Policía Local del país notificar sus resoluciones vía correo electrónico, esto luego que fuera aprobado en general por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.
Ahora, la iniciativa debe ser votada en general por la Sala de la Cámara Alta y según el presidente de jueces de Policía Local del Maule, Mirko Bonacic-Doric, sería un avance acorde a los tiempos.
“Hoy todavía estamos con la carta certificada y ya en los tiempos que corren la mayoría de las personas cuentan con un sistema electrónico para ser notificados. Esto no significa que van a quedar los procedimientos antiguos olvidados, sino que simplemente se mantienen los procedimientos antiguos, pero se le suma uno nuevo atendido a los tiempos que corren”, explicó el abogado.
Al respecto, el senador Francisco Huenchumilla indicó que “la idea es que los Juzgados de Policía Local a través de Chile pudieran entrar en un proceso de modernización y pudiera notificarse por correo electrónico. La mayoría de los Juzgados de Policía Local son rurales, pero creemos que se puede avanzar en esa materia y la Comisión aprobó en general ese proyecto porque nos parece una buena idea. Después veremos los detalles una vez que lo aprobemos en particular”.
Cabe recordar que la ley que establece un procedimiento ante los Juzgados de Policía Local, en materia de notificación de resoluciones, señala que las resoluciones se notificarán por carta certificada, notificación que se entenderá practicada al quinto día contado desde la fecha de su recepción por la oficina de Correos respectiva, lo que se hará constar en libro que, al efecto, llevará especialmente el Secretario del Tribunal.
De lo anterior, se desprende que la notificación de las resoluciones judiciales por carta certificada es la regla general, siendo sus excepciones los casos de cancelación o suspensión de licencias para conducir, aquellas que impongan multas superiores a cinco unidades tributarias mensuales y las que regulen daños y perjuicios, superiores a diez unidades tributarias mensuales, en que la notificación se practicará personalmente o por cédula; y el caso de la sentencia que impone pena de prisión, que deberá ser notificada personalmente.
Además de los procesos infraccionales de tránsito, así como las acciones civiles que dentro de ellos pueden conocerse, los Juzgados de Policía Local tienen encomendadas diversas materias, tales como los procedimientos de protección de los derechos de los consumidores, los asuntos relativos a copropiedad inmobiliaria y los que dimanan de las infracciones a la Ley General de Urbanismo y Construcciones así como de su Ordenanza General. También deben conocer estos tribunales sobre las infracciones a la ley de Rentas Municipales y de otros diversos asuntos que la ley ha puesto dentro de la esfera de su competencia.
Según los autores de la iniciativa “puede apreciarse que la carta certificada reviste un permanente problema para el Tribunal, pues resulta imposible dar un correcto avance al proceso si los actos procesales se vician fácilmente por el hecho de la no recepción de la carta certificada”.
Por ello, el proyecto busca permitir que, además de la notificación de las resoluciones pertinentes por carta certificada, ésta se pueda practicar mediante el uso de correos electrónicos.