viernes 30 noviembre de 2018 | Publicado a las 1:14 pm · Actualizado a las 1:14 pm
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SMA formuló cargos a Valdicor por extracción de áridos en el río Calle Calle
Superintendencia del Medio Ambiente detectó, entre otros puntos, superación de los límites de presión sonora, lo que afectaba directamente a viviendas contiguas.
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cargos en contra de la Sociedad de Desarrollo Urbano Valdivia Ltda., titular del proyecto “Planta de extracción de áridos Valdicor”, que cuenta con la resolución de calificación ambiental (RCA) N° 1627/2002 sobre la extracción de áridos en distintos sectores del río Calle Calle, tales como Champullo, Mechuco, Huellehue y Pishuinco.
El proyecto cuenta con una etapa fluvial que considera la extracción de materia prima desde los sectores ya indicados del fondo del río, la carga de embarcaciones y el posterior transporte vía fluvial hasta el punto de descarga, y una segunda etapa terrestre, que considera las faenas de descarga desde las embarcaciones, para posteriormente acopiar, procesar y despachar el material.
En base a los análisis de fiscalización realizados por funcionarios de la Oficina Regional de los Ríos de la SMA en conjunto con funcionarios de la Directemar y de denuncias recibidas, esta Superintendencia detectó los siguientes hechos constitutivos de infracción:
1.- Superación de los límites de presión sonora (NPS) en horario diurno los días 19 de abril de 2016 y 14 de agosto de 2018, lo que afectaba directamente a viviendas contiguas ubicadas en la calle Laguna San Rafael Norte de Valdivia.
2.- Ejecución de actividades de extracción de áridos fuera del sector evaluado ambientalmente.
3.- No reportar antecedentes a la SMA relacionados con batimetrías anuales de control y estudios hidrológicos, hidráulicos y mecánicos fluviales.
4.- No actualizar la plataforma electrónica del Sistema de RCA de la SMA, respecto de la información asociada a la RCA N° 1627/2002 del proyecto “Producción de áridos en el río Calle Calle”.
5.- No entregar información solicitada mediante acta de inspección por los funcionarios de la SMA.
Del total de las infracciones detectadas, la N° 2 fue clasificada como grave por lo que la empresa arriesga la revocación de la resolución de calificación ambiental, clausura, o multa de hasta cinco mil unidades tributarias anuales (UTA). El resto de las infracciones fueron clasificadas como leves.
Una vez practicada la notificación la empresa tiene un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento (PdC) o de 15 días hábiles para formular sus descargos respectivos.