viernes 21 septiembre de 2018 | Publicado a las 6:47 pm · Actualizado a las 7:08 pm
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20 ex agentes de la DINA fueron condenados por la Operación Cóndor
Ministro Carroza estableció responsabilidades en los secuestros y homicidios calificados de víctimas de la acción coordinada de servicios de inteligencia sudamericanos en los '70.
El ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, condenó a 20 ex miembros de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en los delitos de secuestro y homicidio calificado de víctimas de la acción coordinada de servicios de inteligencia sudamericanos en la década del ‘70, conocida como Operación Cóndor.
En concreto, el ministro de fuero condenó a los agentes Christoph Willike Floel y Raúl Iturriaga Neumann a la pena de 17 años de presidio.
Los agentes Pedro Espinoza Bravo, Juan Morales Salgado, Jorge Escobar Fuentes, Federico Chaigneau Sepúlveda y Miguel Riveros Valderrama recibieron una pena de 15 años y un día de presidio.
En el caso de Carlos López Tapia y Gladys Calderón Carreño, fueron condenados a 10 años y un día; mientras que Eduardo Oyarce Riquelme, Héctor Valdebenito Araya y José Ojeda Obando estarán siete años en prisión.
En tanto, Gerardo Godoy García, Miguel Krassnoff Martchenko, Ciro Torré Sáez y Orlando Manzo Durán cumplirán penas de cinco años y un día; y finalmente, los agentes Jerónimo Neira Méndez, Hermon Alfaro Mundaca y Juan Urbina Cáceres fueron sentenciados a 301 días de presidio como cómplices; y Manuel Rivas Días a 100 días de presidio por el mismo delito.
En la causa, el ministro Carroza absolvió por «falta de acreditación de participación en los hechos» a otros 32 ex agentes de la DINA.
Plan de coordinación y apoyo
En la etapa de investigación de la causa, el ministro Carroza logró establecer la siguiente secuencia de hechos:
– Que a raíz de los acontecimientos acaecidos en el país el día 11 de septiembre de 1973, el Gobierno Militar (sic) instituye de manera formal el 25 de noviembre de 1975, en reunión plasmada en la ciudad de Santiago, Chile, un plan de coordinación de acciones y mutuo apoyo entre los líderes de los servicios de inteligencia de Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay, Uruguay y Chile, destinado a desestabilizar a los opositores a los regímenes asumidos por las Fuerzas Armadas y de Orden;
-Que éste vínculo generaba de manera estatal e inmediata una realidad que ya se había forjado en acciones concretas entre los países aludidos, esto es, seguimientos, detenciones, interrogatorios bajo tortura, traslado entre países, desaparición o ejecución de personas contrarias a los gobiernos instituidos de facto;
-El escenario anterior habría permitido que se consumaran casos como los que a continuación se indican:
-Que el día 17 de mayo de 1975, Jorge Isaac Fuentes Alarcón, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fuera detenido en la República de Paraguay, en la localidad de Enramada, y luego trasladado a la ciudad de Asunción, donde permaneció privado de libertad hasta el 23 de septiembre de 1975, cuando se define su traslado a Chile vía aérea en forma clandestina por agentes de la DINA, los que una vez en el país le conducen a los recintos secretos de encierro y tortura que mantenía esta organización, esto es, Cuatro Álamos y Villa Grimaldi. En este último lugar, es donde Fuertes permaneció más tiempo prisionero y privado de libertad, recibió un trato cruel de parte de sus captores, se le interroga bajo tortura y se le mantiene en condiciones inhumanas, hasta probablemente el 17 de enero de 1976, cuando otros prisioneros le ven por última vez, desconociéndose su paradero hasta el día de hoy.
-Que, a su vez, el día 2 de julio de 1976, en la ciudad de La Paz, República de Bolivia, se detiene al ciudadano chileno Julio del Tránsito Valladares Caroca, militante del Partido Socialista, por la Dirección de Orden Político, organismo de seguridad de ese país en esa época. En la condición aludida, éste permaneció detenido hasta el 13 de noviembre de 1976, fecha en que fue entregado a Agentes de la DINA, en la localidad fronteriza de Charaña, quienes le trasladaron a nuestro país y le llevaron al Campamento de Prisioneros «Cuatro Álamos», que se encontraba ubicado en la calle Canadá a la altura del 3.000 de Vicuña Mackenna, quedando bajo la custodia de sus agentes, lugar en el cual de acuerdo a testigos permaneció encerrado e incomunicado, y donde se le ve con vida por última vez a fines de noviembre de 1976;
-Que por otro lado, el día 3 de abril de 1976, en la ciudad de Mendoza, República Argentina, son detenidos tres ciudadanos chilenos Juan Humberto Hernández Zazpe, Manuel Jesús Tamayo Martínez y Luis Gonzalo Muñoz Velásquez, militantes socialistas, los cuales fueron trasladados de manera clandestina vía terrestre a Chile y puestos a disposición de los agentes de la Dirección Nacional de inteligencia, quienes le llevaron al Cuartel de Villa Grimaldi, ubicado en Avenida José Arrieta N°8.200 en Santiago, como ya se ha dicho, un campo de prisioneros políticos que pertenecía a la citada organización de inteligencia, en ese lugar fueron encerrados, interrogados y torturados, y se les vio por última vez con vida a fines de abril de 1976, desconociéndose hasta la fecha sus paradero;
-Que por último, en un episodio acaecido en el año 1977, militantes del Partido Comunista, cuya dirección orgánica exterior había decidido la necesidad de canalizar ayuda financiera externa al Partido en Chile, le pide a uno de ellos viajar desde Suiza -Alexei Vladimir Jaccard Siegler-, a Chile, previa escala en Buenos Aires, para encontrarse con otro militante que debía viajar desde Rusia -Ricardo Ignacio Ramírez Herrera- y contactarse ambos además con el militante que residía en esa ciudad -Héctor Heraldo Velásquez Mardones-. Este encuentro no pudo plasmarse porque los tres son detenidos por la Policía Federal Argentina el día 16 de mayo de 1977, sin fundamento legal, y privados de libertad para ser entregados a los agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional, quienes les trasladan a Santiago de Chile, donde los encierran en el Cuartel de Simón Bolívar, ubicado en la calle del mismo nombre, N08.630, son interrogados bajo tortura y en fecha indeterminada desaparecen. La búsqueda hasta hoy se mantiene al no ser posible encontrar a las víctimas Jaccard y Velásquez, que no registran salidas o entradas comprobadas ni tampoco constan sus defunciones, pero sí se ha encontrado parte de los restos de su compañero de infortunio, Ricardo Ramírez Herrera en Chile, en el sector denominado «Cuesta Barriga», al igual que aquellos pertenecientes al matrimonio formado por Jacobo Stoulman Bortnik y Matilde Pessa Mois, quienes viajaron a Buenos Aires a concretar el despacho del dinero a nuestro país, pero antes son detenidos -el 29 de mayo de 1977- en el Aeropuerto de Ezeiza, en momentos en que bajaban del avión que los traía de Chile, perdiéndose desde ese momento todo rastro de ellos, hasta la aludida evidencia cierta de haber sido inhumados ambos en el ya citado lugar;
-En esta operación, participan a su vez, militantes del Partido Comunista que se encontraban en Chile, que servían de enlace en esta operación, pero cuando se descubre la artimaña fueron ejecutados, Hernán Soto Gálvez en fecha indeterminada, entre el día 7 de junio y el 10 de noviembre de 1977, y Ruiter Enrique Correa Arce, el día 28 de mayo de ese mismo año, y
-El análisis de los antecedentes reseñados en los párrafos precedentes, patentizan la apuntada cooperación y coordinación de los servicios de inteligencia, en casos concretos, donde los agentes de inteligencia de nuestro país, en estos casos, coludidos con los de Argentina, Paraguay y Bolivia, no solo concertaron la detención de las víctimas, sino que también crearon las condiciones para encerrarlos y trasladarlos a nuestro país, con el siniestro propósito de confinarlos en recintos clandestinos para interrogarlos, torturados y luego proceder con extrema crueldad, a eliminarlos.
En el aspecto civil, el ministro en visita acogió las demandas presentadas por familiares de las víctimas, condenando al Estado de Chile a pagar indemnizaciones por concepto daño moral de entre $20.000.000 y $90.000.000 (veinte y noventa millones de pesos). Asimismo, acogió una serie de medidas de reparación solicitada por familiares de Jaccard Siegler.