miércoles 12 septiembre de 2018 | Publicado a las 2:44 pm · Actualizado a las 2:50 pm
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Cámara aprobó la Ley de Identidad de Género para mayores de 14 años
Pese a los 95 votos a favor y 46 en contra, parlamentarios de la UDI anunciaron que recurrirán al Tribunal Constitucional para que revise el proyecto.
Por 95 votos a favor y 46 en contra, la Cámara de Diputados aprobó la Ley de Identidad de Género, por lo que la iniciativa quedó despachada, permitiendo de esta manera el cambio de sexo registral para las personas mayores de 14 años.
Pese a que la iniciativa necesitaba de 87 votos, finalmente se conquistaron ocho más, lo que deja al proyecto en condiciones de ser promulgado como Ley de la República por el presidente Sebastián Piñera.
El temor entre los promotores de la iniciativa era evidente durante esta mañana en la Cámara Baja, ya que existían ciertas dudas respecto a si se alcanzaría el quórum necesario, lo que incluso originó que se rebajara el número de votos necesarios con tal de aprobarlo. Pese a ello, el proyecto consiguió apoyo.
No obstante, el diputado Sergio Bobadilla (UDI) adelantó que solicitará al Tribunal Constitucional (TC) que revise el proyecto, asegurando que éste «atenta contra el derecho de la identidad biológica de los menores de edad».
Así fue la votación:
La iniciativa aprobada hoy permite el cambio de nombre y sexo legal de los mayores de 18 años y solteros con un trámite simple en el Registro Civil, donde sólo se exigirán dos testigos. Los casados deberán efectuar el trámite en Tribunales de Familia.
Los menores de 18 y mayores de 14 años deberán efectuar el trámite ante Tribunales de Familia, ya sea a través de su representante legal o por sí mismos, si es que el juez acepta esta última modalidad. Para tales efectos, deben acompañarse antecedentes sobre el contexto psicosocial y familiar del adolescente y de sus parientes.
La Ley de Identidad de Género garantiza como principios básicos la no patologización, la no discriminación arbitraria, la confidencialidad, la dignidad en el trato, el interés superior del niño y la autonomía progresiva. Del mismo modo, asegura el derecho a la identidad de género sin exigir hormonización o cirugías de ningún tipo.