miércoles 25 julio de 2018 | Publicado a las 7:14 pm · Actualizado a las 7:14 pm
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Rechazan cautela de garantías presentada por la defensa de alcaldesa de Antofagasta
Entre varias solicitudes, los abogados de Karen Rojo pedían que la Fiscalía encargara la investigación a Carabineros y no a la Brigada de Delitos Económicos de la PDI.
El Juzgado de Garantía de Antofagasta rechazó una solicitud de cautela de garantías presentada por la defensa de la alcaldesa Karen Rojo, que estimó que cinco testigos llamados a declarar a la Fiscalía habrían recibido un trato inapropiado, cuyas consecuencias podrían afectar a su representada; esto, en el marco de la investigación que se lleva contra la jefa comunal por un presunto delito de fraude al fisco.
La cautela se refiere particularmente a la actuación de un efectivo de la Brigada Investigadora de Delitos Económicos (Bridec), el cual habría realizado en dependencias de la Fiscalía un interrogatorio intimidatorio a dichos testigos.
En virtud de estos hechos, solicitó acoger la solicitud de cautela y que, en el futuro, los testigos que sean citados a la Fiscalía sean entrevistados por el fiscal a cargo de la causa, y que si se dictan diligencias, sean encargadas a Carabineros y no a la PDI, y en el caso que el fiscal siga recurriendo a efectivos de la Bridec, que estos participen sólo en calidad de oyentes.
Al respecto, el fiscal de la causa, Cristian Aguilar, se opuso a esta cautela, señalando que «no se dan los presupuestos legales y no se ha afectado garantía alguna, sin considerar que se trata sólo de testigos, que no tienen la calidad de intervinientes, y que no ve cómo la declaración de ellos puede afectar garantías de los imputados».
Seguidamente, el Consejo de Defensa del Estado y el querellante solicitaron rechazar esta cautela de garantía, ya que la misma no resulta procedente, y además que la misma sólo pretende coartar la libertad de dirección de la investigación que asiste a la Fiscalía.
El tribunal coincidió con la postura de la Fiscalía y los querellantes, en orden a que ninguna de las garantías que contempla la norma legal ha sido vulnerada, por lo que la solicitud de cautela carece de fundamento jurídico.