Aún está reciente y en desarrollo, el caso judicial donde una mujer denunció a su ex pareja por ser el autor del incendio intencional a su casa, donde el sujeto reconoció que actuó motivado por celos.

Lo cierto es que estas situaciones de violencia en el marco de las relaciones de pareja son, lamentablemente, una realidad que concita la preocupación, entre otras, del Ejecutivo y el Legislativo.

Por ello, la ministra de la Mujer, Isabel Pla, expuso ante la Comisión de Constitución del Senado las prioridades de la agenda de género, donde confirmó que encabeza la lista este proyecto, que cumple su segundo trámite y que también incluye la reforma a la sociedad conyugal.

En ese sentido, la secretaria de Estado explicó que el proyecto busca incorporar y sancionar en la legislación nacional la violencia cometida en relaciones de pareja que no conviven, para que, por una parte, se advierta sobre la necesidad de instalar la problemática entre los jóvenes del país para sensibilizarlos a construir relaciones sanas y libres de violencia, y, por otra parte, sancionar a los culpables y otorgar a las víctimas las mismas medidas de protección contenidas en la Ley de Violencia Intrafamiliar y demás normas aplicables, con el propósito de persuadirlas a denunciar.

Si bien la ley N° 19.968 que crea los tribunales de familia, en su artículo 8° N°16  prescribe que tienen competencia para conocer y resolver los actos de violencia intrafamiliar, sin embargo, en el caso del pololeo o la convivencia no les aplican dichas normas porque el artículo 4° expresamente señala que «las relaciones de pareja sin convivencia no se considerarán, para ningún efecto legal, como relaciones de familia».

Por lo tanto, para superar este vacío esta legislación las incorpora dentro del ámbito de la violencia intrafamiliar y le otorga competencia a los tribunales de familia para conocer “sobre las faltas originadas en el maltrato dirigido a una persona con la cual se tenga o se haya tenido una relación de pareja sin convivencia”.