El Senado despachó a segundo trámite constitucional el proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo en materia de discriminación e igualdad de remuneraciones de hombres y mujeres, por lo que ahora será el turno de la Cámara de Diputados para que analicen la moción.

Entre los principales objetivos del texto legal están el desarrollar el principio de igualdad de remuneraciones entre trabajadoras y trabajadores incorporando los conceptos de trabajo de igual valor y coincidencia de cada elemento de la remuneración.

Además de establecer como discriminaciones arbitrarias las distinciones retributivas basadas en el sexo, ya sea se efectúen en forma directa o indirecta.

Así, el empleador deberá dar cumplimiento al principio de igualdad de remuneraciones entre trabajadores y trabajadoras para un mismo trabajo o para un trabajo de igual valor. Se debe garantizar la igualdad en cada elemento de la remuneración y no sólo respecto del total de la misma.

Constituyendo discriminaciones arbitrarias las distinciones retributivas basadas en el sexo, ya sea se efectúen directa o indirectamente. Sin perjuicio de lo anterior, no se considerarán discriminatorias las diferencias objetivas en las remuneraciones que se funden en las capacidades, calificaciones, idoneidad, responsabilidad o productividad, en la medida que tales consideraciones revistan importancia para la prestación de los servicios.

Las denuncias que se realicen invocando el presente artículo podrán ser presentadas por el trabajador o por la organización sindical a la cual se encuentre afiliado.