La Comisión de Apelación de la FIFA decidió aceptar parcialmente el recurso interpuesto por el delantero peruano Paolo Guerrero, por lo que su suspensión de un año fue parcialmente desestimada, entregándole una nueva sanción de seis meses.

Tras analizar todas las circunstancias específicas del caso, en particular el grado de culpabilidad del jugador, la Comisión de Apelación de la FIFA consideró que un periodo de inelegibilidad de seis meses es una sanción proporcionada.

Tras el control de dopaje realizado después del partido ante Argentina, disputado en Buenos Aires el pasado 5 de octubre, el jugador dio positivo por el metabolito benzoilecgonina, una sustancia incluida en la Lista de Prohibiciones de la AMA 2017 en la clase «S6: estimulantes».

Al haber dado positivo por una sustancia prohibida, el futbolista ha contravenido el art. 6 del Reglamento Antidopaje y, en consecuencia, el art. 63 del Código Disciplinario.

El periodo de vigencia de la suspensión comienza el 3 de noviembre de 2017, fecha en la que el jugador fue suspendido de manera provisional por el presidente de la Comisión Disciplinaria.

De conformidad con el art. 29 del Reglamento Antidopaje, la suspensión incluye, entre otros, todo tipo de partidos en el ámbito nacional e internacional, amistosos u oficiales. La parte dispositiva de la decisión de la Comisión de Apelación de la FIFA se ha notificado hoy.