miércoles 8 noviembre de 2017 | Publicado a las 12:55 pm · Actualizado a las 12:55 pm
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Entra en vigencia el permiso laboral de 5 días para quienes contraigan el AUC
Permiso se podrá utilizar, a elección del trabajador, el día del matrimonio o del acuerdo de unión civil y en los días anteriores o posteriores al de su celebración.
Con su publicación en el Diario Oficial, desde hoy entró en vigencia una modificación al artículo 207 del Código del Trabajo, que otorga a quienes contraigan el Acuerdo de Unión Civil (AUC) un permiso laboral de cinco días.
La norma que entró en vigencia indica que «en el caso de contraer matrimonio o celebrar un acuerdo de unión civil, de conformidad con lo previsto en la ley Nº 20.830, todo trabajador tendrá derecho a cinco días hábiles continuos de permiso pagado, adicional al feriado anual, independientemente del tiempo de servicio».
Este permiso se podrá utilizar, a elección del trabajador, en el día del matrimonio o del acuerdo de unión civil y en los días inmediatamente anteriores o posteriores al de su celebración. El trabajador deberá dar aviso a su empleador con 30 días de anticipación y presentar dentro de los 30 siguientes a la celebración el respectivo certificado de matrimonio o de acuerdo de unión civil del Servicio de Registro Civil.
El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) se refirió al respecto diciendo que “desde hoy, la diversidad familiar da un paso más hacia la igualdad. Las parejas de igual y distinto sexo podrán festejar su compromiso sin el peso laboral encima. Habrá luna de miel más igualitaria para todos, y eso trae más felicidad y calidad de vida”.