La Cámara de Diputados analizó y aprobó el proyecto de ley que perfecciona los beneficios otorgados a bomberos por accidentes y enfermedades.

En primer lugar, la propuesta legal define que, para los efectos de esta ley, se entenderá por “actos de servicio” todas las actividades desempeñadas por los miembros de los Cuerpos de Bomberos en situaciones de emergencia.

El texto parlamentario explica que estos casos son “incendios, rescates, salvamentos de personas y animales, en medios acuáticos, montaña, acantilados, mineros, subterráneos, túneles, pozos, inundaciones, aluviones, temporales, derrames, contención y recuperación de materias peligrosas, fugas de gas o similares”.

Beneficios

En materia de beneficios, se especificó que el subsidio al que podrán ser objeto alcanza las tres remuneraciones mensuales del afectado, correspondientes a los tres meses anteriores al evento por hasta ocho ingresos mínimos mensuales.

Este beneficio podrá ser recibido incluso hasta dos años después de la titulación de quienes estén estudiando o que acrediten estar cursando un programa en una institución que otorgue los servicios de preparación a la Prueba de Selección Universitaria, mediante certificado extendido al efecto.