martes 18 julio de 2017 | Publicado a las 10:13 am · Actualizado a las 10:13 am
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Senador Chahuán pidió a la Presidenta promulgar cuanto antes la «Ley Cholito»
Planteamiento se generó tras descubrirse el caso de un sujeto, que en el sector de Forestal, Viña del Mar, robaba y descuartizaba perros en su domicilio.
El senador por la quinta región costa, Francisco Chahuán (RN), hizo un llamado a la presidenta Michelle Bachelet a promulgar la llamada ley sobre tenencia responsable de mascotas, que entre otras, establece penas y sanciones a quienes ejecuten actos de maltrato o crueldad con animales; esto, a raíz de que se descubriera el caso de un sujeto que en el sector de Forestal, Viña del Mar, robaba y descuartizaba perros en su domicilio.
Chahuán dijo que “este tipo de maltrato debe ser condenado y el llamado es director y claro: no podemos permitir que estos hechos sigan ocurriendo y eso implica avanzar en la promulgación de la ley que tantos años demoró para ser despachada”.
El parlamentario recordó que el nuevo cuerpo legal contempla responsabilidad en el tema de los Ministerios del Interior y Seguridad Pública, Salud, Educación y municipalidades y la implementación de una serie de reglamentos para generar campañas de educación, para prevenir el abandono y fomentar reubicación de mascotas, para el desarrollo de Programas de esterilización masiva, sistemas de registro e identificación de animales y para desincentivar la crianza y reproducción indiscriminada de animales y la caracterización de individuos caninos potencialmente peligrosos y sus condiciones de tenencia.
Detalles de la ley
El texto establece, además, que las municipalidades deberán dictar una ordenanza sobre la tenencia responsable de mascotas o animales de compañía en el territorio comunal, la que deberá ajustarse a la normativa legal que regula la materia y los reglamentos y éstas tendrán facultad para rescatar a todo animal que no tenga identificación, encontrado en bienes nacionales de uso público, parques, plazas y sitios eriazos o baldíos para sanitizarlo, esterilizarlo y reubicarlo al cuidado de alguna persona u organización que asuma su tenencia responsable. La Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo podrá proveer los recursos necesarios para que las municipalidades puedan realizar estas acciones.
La fiscalización y el cumplimiento de las disposiciones de esta ley y sus reglamentos corresponderá a las municipalidades, en las materias de su competencia y se establece que toda contravención a las disposiciones de esta ley se sancionará con multa de una a treinta unidades tributarias mensuales, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en el Código Penal sobre maltrato animal y en otras normas relacionadas.
Maltrato o crueldad
Finalmente, Chahuán precisó que la ley define acto de maltrato o crueldad con animales “toda acción u omisión, ocasional o reiterada, que injustificadamente causare daño, dolor o sufrimiento al animal”. En caso de daño a un animal, se fijó en presidio menor en su grado mínimo a medio y multa de diez a treinta unidades tributarias mensuales, además de la accesoria de inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animales.
En tanto, por lesiones graves en la integridad física o muerte del animal se establece la pena de presidio menor en su grado medio y multa de veinte a treinta unidades tributarias mensuales, además de la accesoria de inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de animales.