martes 1 marzo de 2016 | Publicado a las 3:34 pm · Actualizado a las 3:34 pm
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Seremi del Trabajo destacó nuevo instructivo para calificar enfermedades profesionales
Normativa instruye criterios mínimos de evaluación que deberán cumplir las mutuales de seguridad para la calificación de origen laboral de este tipo de denuncias.
A partir de este martes 1 de marzo, las mutuales de seguridad en Chile, deberán cumplir con una serie de requisitos para calificar como enfermedades profesionales, los casos médicos que reciban, debido a la entrada en vigencia del nuevo instructivo impartido por la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), y que entrega normas mínimas que deberán ser incorporadas de manera obligatoria por estas entidades para elaborar el proceso de calificación de origen laboral de las enfermedades denunciadas.
La normativa dictaminada por el órgano fiscalizador, instruye a los organismos administradores del seguro de la Ley 16.744 (mutuales e Instituto de Seguridad Laboral), acerca del protocolo de normas mínimas de evaluación que deberán cumplir para determinar si dichas afecciones corresponden a enfermedades de origen profesional o común, exámenes médicos que fueron definidos gracias a la amplia participación de médicos especialistas y representantes de las mutuales y el ISL, junto a la Sociedad de Medicina del Trabajo, la Universidad de Chile y la Central Unitaria de Trabajadores (CUT).
Sobre este nuevo instructivo de medición, la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Karen Medina, indicó que este nuevo protocolo es un real aporte al proceso normativo, ya que a su juicio “va a otorgar mayores certezas respecto de las enfermedades profesionales y su calificación como tal, tanto para trabajadores como a las propias mutuales, al establecer un procedimiento estándar realizado por personal capacitado que va a ponderar el proceso para determinar el origen efectivo de las enfermedades, que muchas veces tienen un origen laboral pero no son reconocidas como tal. Con esto también, vamos a aumentar la objetividad en las formas de actuar de las mutualidades”, aseguró la autoridad laboral, reiterando que de no cumplirse estas disposiciones de la entidad fiscalizadora, los trabajadores podrán presentar sus denuncias ante el organismo competente.
Según datos informados por la SUSESO, del total de enfermedades profesionales denunciadas ante las mutualidades en 2014, sólo un 20% de ellas fueron calificadas con origen en el trabajo, mientras que del total de denuncias, otro 20% fueron atribuidas a enfermedades psiquiátricas.