A propósito de los derrames de concentrado de cobre registrados en instalaciones de la empresa División Andina de Codelco, el Presidente de la Cámara de Diputados, Marco Antonio Núñez, y elDirector Nacional del Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin), Rodrigo Álvarez Seguel, sostuvieron una reunión para analizar la institucionalidad fiscalizadora en materia de minería, ocasión en la cual concordaron sobre el vacío de facultades del Estado para realizar seguimiento ambiental a los procesos mineros, especialmente cuando los proyectos ya están en fase de explotación y producción.

El diputado Núñez afirmó que “como Cámara estamos interesados en llamar la atención sobre este incidente concreto porque pone a prueba la institucionalidad, y sirve para determinar cuáles son las carencias para de ese modo dar espacio al levantamiento de nuevas iniciativas legislativas. En este sentido, los derrames de pulpa de mineral desde tuberías de transporte han evidenciado cierto déficit institucional muy específico, relacionado con la fiscalización ambiental de los procesos mineros”.

Al respecto, el director nacional del Sernageomin, Rodrigo Álvarez, comentó que “es muy positivo que la Cámara de Diputados tenga apertura para analizar el funcionamiento y vigencia de toda la institucionalidad fiscalizadora de la minería”, que incluye según se indicó a instituciones públicas como SMA en relación con impactos y daños ambientales; la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) para calidad de agua potable en caso de presencia de empresas concesionarias; la Dirección General de Aguas (DGA) para el control de caudales y cursos de agua; el Ministerio de Salud (Minsal) para el resguardo sanitario; y el Sernageomin para la seguridad de las instalaciones mineras en relación con la integridad de los trabajadores de este rubro.

“Hay un consenso técnico de que se requieren competencias ambientales adicionales, porque el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) se centra mayoritariamente en los compromisos ambientales durante la construcción, pero muy pocos para la operación y menos aún para los incidentes durante el proceso minero. Varias instituciones tienen competencias ambientales, pero no es el caso de la ley 3.525 que creó al Sernageomin”, dijo Álvarez.