Este fin de semana se celebran unas nuevas Fiestas Patrias y si no se prepara con anticipación y le faltan cosas por comprar, lamentablemente no podrá hacerlo estos días feriados.

Debe recordar que tanto el 18 como el 19 de septiembre no son simples días festivos, sino que son feriados irrenunciables. Esto implica que todo el comercio deberá estar cerrado, tales como supermercados y malls.

Pero no todos los locales colgarán el cartel de “Cerrado por Fiestas Patrias”. Clubes, pubs, cines y restaurantes, así como los locales atendidos por sus propietarios podrán abrir sus puertas al público.

Además la ley estipula ciertas excepciones como:

-Clubes

-Restaurantes

-Cines

-Establecimientos con espectáculos en vivo.

-Discotecas, pubs y cabarets

-Casinos de juegos y otros lugares de juego legalmente autorizados

-Lugares de expendio de combustibles (sí a sus comercios)

-Farmacias de urgencia

-Farmacias con turnos fijados por la autoridad sanitaria

-Locales comerciales atendidos por sus propios dueños

En las páginas webs de los principales mall ya han detallado qué servicios estarán funcionando los días 18 y 19; principalmente los restaurantes y los relacionados a entretenimiento.

SANCIONES

Si los empleadores no respetan el descanso de los feriados irrenunciables que establece la Ley, corren el riesgo de ser sancionados. La multa dependerá del número de trabajadores a cargo.

– De uno a 49: multa de 5 UTM (211.520 pesos) por cada dependiente afectado.

– De 50 a 199: multa de 10 UTM (423.040) por cada trabajador afectado.

– 200 o más: multa de 20 UTM (846.080 pesos) por cada trabajador afectado.

En el caso del comercio que infrinjan el límite del cierre el 17 de septiembre deberán pagar:

– 10 UTM (423.040 pesos) si la empresa tiene entre 1 y 49 trabajadores

– 40 UTM (1.692.160 pesos) si la empresa tiene entre 50 y 199

– 60 UTM (2.538.240 pesos) si la empresa tiene 200 y más trabajadores.