miércoles 29 abril de 2015 | Publicado a las 10:02 am · Actualizado a las 10:02 am
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El 30 de abril vence el plazo para optar al nuevo Régimen de Tributación Simplificada
El SII realizo un llamado a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipyme) del país recordandoles que el jueves 30 de abril vence el plazo para acogerse al nuevo Régimen de Tributación Simplificada 14 ter. Este nuevo régimen busca fomentar la inversión, el capital de trabajo y liquidez de las Mipyme, a través de beneficios tales como: Tributación […]
El SII realizo un llamado a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipyme) del país recordandoles que el jueves 30 de abril vence el plazo para acogerse al nuevo Régimen de Tributación Simplificada 14 ter. Este nuevo régimen busca fomentar la inversión, el capital de trabajo y liquidez de las Mipyme, a través de beneficios tales como:
Tributación Simplificada: La empresa tributa con el Impuesto de Primera Categoría y en el mismo ejercicio los dueños tributan con el impuesto Global Complementario (IGC) o Adicional, según corresponda.
Exención del Impuesto de Primera Categoría, a partir de 2017: Las empresas acogidas al régimen del 14 ter podrán optar anualmente por eximirse del Impuesto de Primera Categoría.
Rebaja en la tasa de PPMO: Con una tasa de 0, 20% en lugar del 0,25% por los ingresos brutos obtenidos hasta septiembre de 2015.
Liberación de obligaciones contables y tributarias: Tales como llevar contabilidad completa, confeccionar balances y efectuar inventarios, entre otros.
Dentro de los requisitos contemplados para acogerse a este régimen, los contribuyentes deben tener un promedio anual de ingresos, durante los últimos 3 años comerciales, no superior a 50.000 UF. En ninguno de dichos años los ingresos pueden superar las 60.000 UF. También podrán hacerlo quienes declaren inicio de actividades, con un capital efectivo menor a 60.000 UF al primer día del mes de inicio.
Se recuerda, además, que las empresas acogidas al antiguo régimen 14 ter, a diciembre de 2014, se entienden acogidos al nuevo régimen.
Todos los contribuyentes interesados y que cumplan los requisitos anteriores, pueden inscribirse en sii.cl, menú “Registro de Contribuyentes”, o bien en el menú de “Renta”, sección Regímenes Tributarios, opción “Inscripción artículo 14 ter”. Por su parte, los que opten por hacerlo en la oficina correspondiente a su domicilio, deben presentar el Formulario N° 3264.
Por su parte, las empresas que inicien actividades podrán inscribirse al nuevo régimen 14 ter al momento de formalizar su inicio ante el SII, o bien dentro de los 2 meses siguientes al inicio de su operación.
Quienes requieran mayor información pueden visitar el Portal de Reforma Tributaria, existente en sii.cl, opción “Régimen Simplificado de Tributación 14 ter”.